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Argentina: coronavirus y cárceles, tensión en la Cámara de Casación Penal

La Cámara de Casación Penal Federal no termina de fijar estándares claros y contundentes frente al riesgo que implica la posibilidad de que el Covid-19 ingrese a las cárceles federales, teniendo en cuenta que el hacinamiento y la sobrepoblación conspiran contra las medidas de aislamiento. Pese a las recomendaciones de organismos internacionales para reducir la sobrepoblación carcelaria frente a la pandemia, este tribunal no estableció –todavía– un criterio homogéneo respecto de las cárceles federales, en buena medida debido a diferencias internas, lo que habilita decisiones disímiles (del propio tribunal y de jueces inferiores) ante cada planteo de prisión domiciliaria, excarcelaciones o morigeraciones. La Procuración Penitenciaria (PPN) hizo una presentación en la que le pide que defina parámetros, a la que se suman reclamos del Comité Nacional para la Prevención de la Tortura y de defensores oficiales. Todo esto abrió una nueva deliberación interna.

La cuestión de las personas privadas de la libertad y la pandemia genera tensión dentro de la Cámara de Casación, que no es precisamente el reino de las coincidencias. En un “chat” que comparten para deliberaciones virtuales, la semana pasada uno de los camaristas, Gustavo Hornos, mandó la noticia de que la Cámara de Casación bonaerense había aceptado un hábeas corpus colectivo planteado por defensores oficiales que otorgaba la prisión domiciliaria a 430 detenidos/as con problemas de salud, mujeres con hijos pequeños y embarazadas, mayores de 65 años, siempre y cuando no hayan cometido delitos violentos. El fallo lo firmaba el juez Víctor Violini, pera aclaraba que estaba consensuado con la mayoría de sus pares. Ante el elocuente mensaje de Hornos, la respuesta de sus colegas fue el silencio absoluto. Tras varias presentaciones retomaron el debate virtual, que en las últimas horas seguía en plena actividad.

En territorio bonaerense la situación carcelaria es particularmente grave con más del 100 por ciento de sobrepoblación y por lo menos 2500 internos/as con factores de riesgo. Lo que previamente se consiguió en la provincia fue que se sentaran a generar una política común los poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial y autoridades penitenciarias. La decisión de Casación bonaerense articula y generaliza criterios. En el Sistema Penitenciario Federal (SPF) también hay sobrepoblación y hacinamiento. No llega a niveles tan extremos pero es igualmente severa. El propio SPF reconoce un 10 por ciento, aunque la Procuración Penitenciaria señala que los cálculos están mal hechos y el porcentaje es superior. Hay 14 mil detenidos/as en cárceles federales, el 55 por ciento no tiene condena firme y en 986 casos ya está excedido el plazo de dos años para la prisión preventiva y en muchos casos se trata de delitos no violentos. A febrero de este año había 1233 personas detenidas por delitos con penas iguales o menores a tres años. Lo que informó el SPF a Casación es que hay 1280 las personas con factores de riesgo.

Las recomendaciones de distintos organismos internacionales ante la pandemia apuntan a descomprimir las cárceles con medidas alternativas y no sólo para personas con factores de riesgo de salud. La Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, instó a los gobiernos a reducir el número de detenidos en penales. El Subcomité de Naciones Unidas para la Prevención de la Tortura hizo la misma advertencia y dijo que la sobrepoblación impide las medidas de aislamiento. La Organización Mundial de la Salud (OMS) también pidió priorizar medidas no privativas de la libertad. Y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que volvió a emitir una recomendación el viernes, pidió a los países reevaluar las prisiones preventivas para reemplazarlas por otras medidas (con prioridad para las personas mayores y las mujeres embarazadas o con hijos) e hizo una distinción para los casos de condenados por violaciones a los derechos humanos, para los que pidió “análisis y requisitos más exigentes”.

La Casación Federal, que tiene 13 integrantes, necesita 7 votos para sacar una acordada que defina reglas ante los planteos de domiciliarias y morigeraciones, que van llegando a decenas en el contexto de la pandemia. Hay tres factores que hasta ahora traban una decisión: la batalla de egos propia de jueces/as que defienden posturas personales, los diferentes posicionamientos ideológicos (donde hay quienes directamente se oponen a cualquier libertad sin importar el contexto de emergencia sanitaria por el solo hecho de mantener una postura dura) y la cuestión de los detenidos por crímenes de lesa humanidad, en su mayoría mayores de 60 y con problemas de salud pero acusados de delitos gravísimos. Algunos creen, además, que no se puede fijar una regla general.

Hasta ahora en una acordada plantearon el trámite urgente de los planteos de personas privadas de la libertad con riesgo para la salud y en diversas resoluciones –con la firma de la presidenta del tribunal, Angela Ledesma– se invocan recomendaciones de los organismos internacionales para que las tengan en cuenta los tribunales orales y la propia Casación, como la evaluación de medidas alternativas ante casos de prisión preventiva y para grupos de riesgo. Lo concreto es que hasta ahora fueron muy pocos casos donde la propia Casación otorgó domiciliarias. Lo hizo sólo en casos de mujeres con hijos, una de ellas con cáncer. La última semana, por ejemplo, se rechazaron en el tribunal 80 pedidos de domiciliarias de todo tipo, aunque habilitaron la domiciliaria al represor Horacio Linari por temas de salud. Los tribunales orales federales también vienen manteniendo una postura restrictiva. La Cámara de Casación Nacional, que se ocupa de delitos ordinarios, viene asumiendo los criterios internacionales y otorgó algunas domiciliarias.

En la Casación Federal ciertos integrantes alertan que se viene un aluvión de más planteos y que existe el riesgo concreto de que el virus entre a los penales y sea una catástrofe. Ahora se plantea la posibilidad de un pronunciamiento para dar respuesta al escrito presentado por la Procuración Penitenciaria sumado a los criterios sugeridos por la CNPT y solicitudes como la del cotitular de la comisión de cárceles de la Defensoría General, Guillermo Todarello, que reclamó “la fijación de estándares y criterios generales” ante la multiplicación de “criterios disímiles” y a veces contradictorios para garantizar los derechos de las personas privadas de la libertad.

“El hacinamiento carcelario es caldo de cultivo para propagar el virus dentro y fuera de las prisiones. La sobrepoblación incrementa la dificultad de acceso a los derechos básicos y esenciales. Un brote de coronavirus en las cárceles generaría un enorme problema para la salud pública que afectaría no solo a los detenidos sino al resto de la población. Por eso las autoridades competentes deben adoptar todas las medidas necesarias en forma urgente para evitar una situación que desde el punto de vista sanitario sea catastrófica”, pidió la PPN ante Casación. Las medidas –dice este organismo que vela por los derechos de las y los presos y presas, “deben involucrar no sólo a grupos de riesgo frente al coronavirus, sino también a todas las personas privadas de la libertad de cuyo encierro carcelario pueda prescindirse o reemplazarse por alguna medida alternativa”. El Comité para la Prevención de la Tortura planteó una serie de criterios y señaló los países donde ya se tomaron medidas para reducir la población carcelaria frente al coronavirus: Estados Unidos, Inglaterra, Gales, Italia, España, Chile, Egipto, Argelia, Etiopía, Irán y Marruecos.

Los proyectos en debate

En pleno fin de semana, Casación debate posibles reglas generales. El proyecto madre fue planteado por la jueza Ledesma pero todavía no cosecha apoyos suficientes. Establece la necesidad de reducir la población carcelaria. ¿Con qué criterios? Privilegia la situación de los presos y presas con prisión preventiva, donde no haya riesgos procesales significativos ni para las víctimas; pone el foco en los que llevan más dos años detenidos preventivamente; prevé domiciliarias para condenas menores a tres años, los casos de delitos no violentos que estén cerca de cumplir la pena, con posibilidades de libertad asistida (quedarían excluidos delitos contra la vida, libertad, integridad sexual y violencia contra las mujeres); las mujeres con niños y embarazadas y las personas con obligaciones de cuidado sobre otras; más quienes tienen factores de riesgo establecidos.

Algunos miembros del tribunal rechazan las medidas alternativas, aunque guardarían alguna contemplación con los mayores de 60, lo que justo abarca el universo de los represores. Otros creen que una regla general, que parte de la base de todas las personas con riesgo según el SPF, implicaría tener que dar domiciliarias y excarcelaciones masivas y prefieren que se analice caso por caso. También están los que reclaman que otros ámbitos se pronuncien, como la Corte o autoridades penitenciarias.

Una propuesta del camarista Mariano Borinsky propone matices sobre la de Ledesma, para volverla un poco más restrictiva: que se aplique la Ley de Derechos y Garantías de las Víctimas de Delitos, para que sean notificadas y puedan opinar. Esto tendría fuerte repercusión, según la iniciativa, en limitar las domiciliarias de lesa humanidad. Borinsky cita las recomendaciones de la CIDH y plantea restricciones cuando se trata de delitos contra la vida y la libertad y los de lesa humanidad en particular. También sugiere que las reglas solo se apliquen durante la pandemia y luego se revise cada situación.

En los próximos días tendrán para resolver desde la apelación de la domiciliaria que benefició a Amado Boudou, hasta planteos de represores como Miguel Etchecolatz. Está por verse si definen una política.