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Chile: radiografía de la visita conyugal

Un derecho que opera como beneficio y en el cual las más castigadas son las mujeres

Hace un año que estoy libre después de cinco encerrada. Ahí no me tocó visita conyugal, pero a mis compañeras sí. Yo limpiaba el espacio: había un cuadrado que dividían en paneles armando como piezas, los camaros po’. Se escuchaba todo, todos los ruidos, por todas partes. Súmale a eso la fila enorme afuera, todas las chicas con sus almohadas, con el bolso, la radio, las sábanas, haciendo fila desde las seis de la mañana para entrar a las dos de la tarde, sabiendo que con todo el ajetreo iban a ser como veinte minutos. Yo he hecho esa fila pa’ ver a mi marido. Te arreglái tanto y a esas alturas no te queda ni el boleto. Transpirada entera. Y más encima pa’ verlo debajo de una sábana… ¿Intimidad? Cero, nada nunca tuvimos intimidad”.

Patricia Alejandra Lagos (54) cumplió condena en el CCP de Temuco, en el CP de Valdivia, en el CPF de San Joaquín, Santiago y en el CP Valparaíso y, al igual que gran parte de las mujeres en Chile, jamás recibió visitas íntimas. Sin embargo, cuando Orlando Guzmán Ávila (60), su pareja desde hace 26 años, quien hoy se encuentra interno en la Cárcel de Alta Seguridad de Valdivia, estuvo en la Ex Penitenciaría de Santiago y en el CCP de San Antonio, ella sí fue a verlo. Tenía 25 años y conoció, por primera vez, la sexualidad tras las rejas.

Según el informe del 2018 del INDH, el 11, 1% de las cárceles (según estadísticas de Gendarmería) no cuentan con habitaciones para visitas conyugales y en 14 de las 36 unidades penales estudiadas solo existe una dependencia destinada a las visitas íntimas.

Además, “en siete de los recintos en que no fueron detectadas estas dependencias no hay programa de visitas íntimas ni habitaciones para ello. Pero existen los denominados “camaros”, que son tiendas o “instalaciones informales, precarias y temporales que los internos construyen (arman y desarman) en algunos espacios comunes de la unidad penal a fin de generar espacios de privacidad y en donde normalmente se encuentran con sus parejas”. Sin embargo, en algunos casos en que la infraestructura es mínima, como en el CP de Arica, las visitas íntimas se dan en las mismas celdas o, en el caso del CCP de Parral, no hay condiciones de privacidad adecuada ya que el módulo está en frente del lugar común de visitas.

En la actualidad las visitas íntimas en Chile están lejos de ser la playa que denunció Lavín, sino que, al contrario, estas no cumplen con los estándares mínimos establecidos por el Derecho Internacional de los DDHH.

En paralelo, las cifras de reincidencia no parecen mejorar. Por su parte -y lejos de la propuesta del ex alcalde de Las Condes- la Convención Interamericana de DDHH señala que el venusterio protege el derecho a la sexualidad, a la intimidad, al libre desarrollo de la personalidad, a una salud integral, así como el derecho a la reinserción social.

Pese a los avances en la materia durante los últimos años, Chile se encuentra aún a mitad de camino, y es que, para acceder a tener una visita conyugal, las personas internas deben cumplir una serie de requisitos. Estos son, normalmente, buena o muy buena conducta y acreditación de vínculo por medio de libreta de matrimonio, hijxs o entrevista con alguien de administración del penal. Aunque en algunas ocasiones las exigencias aumentan. Por ejemplo, en el CPF Antofagasta y en el CPD Taltal, según el informe del INDH, se pide autorización de un tribunal, mientras que en el CDP Cochrane, el CDP Ovalle y CCP Parral las personas en calidad de imputadas derechamente no pueden acceder. En algunos centros, por otro lado, no hay regulación expresa para parejas homosexuales y se solicitan exámenes de Enfermedades de Transmisión Sexual.

Desde la academia, el equipo de Sociología UC, Santiago Julio, Catalina Carballeda y Diego Echaíz, advirtió en su texto “Sexualidad tras las rejas: el derecho a la visita íntima”, que “es altamente probable que un aumento en las visitas íntimas implique una disminución en la violencia sexual al interior de los centros penitenciarios”. Esta tesis se basa en un estudio aplicado a 50 estados de EEUU en el cual se demostró que la diferencia de casos de violencia sexual entre los penales que permiten visitas conyugales y aquellos que no era cuatro veces menor. (D`Alessio, S., Flexon, J., & Stolzenberg, J. (2013). The Effect of Conjugal Visitation on sexual Violence in Prison. American Journal of Criminal Justice.)