MM. En efecto, para nadie es una novedad esta situación. Los informes del Contrôleur Géneral des lieux de privation de liberté(CGLPL) la señalan constantemente. Varias jurisdicciones europeas y francesas han condenado a Francia, en repetidas ocasiones, por sus condiciones de reclusión indignas y la sobrepoblación de sus centros penitenciarios. Consideramos que es indispensable abordar este último tema, ya que gracias a las liberaciones anticipadas que se otorgaron durante la crisis sanitaria nos dimos cuenta que sí es posible reducir la población carcelaria.
Tenemos que dejar a un lado la visión punitiva de la pena y dejar de ver la prisión como la sanción de referencia. Creemos que es necesario ampliar de manera masiva el uso de las penas alternativas y de las medidas de revisión de las penas ─que ya existen en nuestro derecho pero que no se pronuncian lo suficiente, a pesar de ser sanciones inteligentes─. Este tipo de penas se ejecutan dentro de la comunidad y no tienen el efecto empobrecedor y desocializador de la privación de libertad. Además, son menos costosas y más eficaces en términos de reinserción y lucha contra la reincidencia.
Existen varias razones para ser optimistas, ya que ha habido algunos progresos. La Ley de Confianza en la Institución Judicial ha sentado las bases para reformar el estatus de los reclusos que trabajan; aunque es una lástima que no aborde la cuestión de la remuneración ni de la flexibilidad del empleo, se trata de un progreso considerable con respecto a un tema que no había avanzado desde hace varios años. Por otra parte, también han surgido varias iniciativas en el campo, por ejemplo, la experimentación de inserción a través de la actividad económica, en 2016. Sin embargo, aún hace falta reforzar los recursos que se les asigna para que se conviertan en la norma.
Esto implica un cambio radical en el paradigma de nuestras políticas públicas. Las políticas públicas de lucha contra la pobreza, por ejemplo, deberían tener en cuenta, de manera sistemática, la situación de las personas privadas de libertad o sujetas a medidas alternativas. Para ello, debemos comenzar por cambiar la mentalidad y la visión que tenemos de las personas condenadas.
En este informe presentamos 25 recomendaciones detalladas, inspiradas de diferentes proposiciones de personas privadas de libertad. Descubra nuestras recomendaciones.