Nordine Drici. En Guinea existen normas relativas a la prisión; el Código Penal, al igual que el Código de Procedimiento Penal, que se revisó en 2016, incluye delitos internacionales (crímenes de guerra, genocidio y crímenes de lesa humanidad) y ha aumentado la edad de responsabilidad penal de los 10 a los 13 años. El Código de la Infancia, que el país adoptó en 2019, se considera uno de los mejores de África Occidental.
Guinea ha ratificado algunos de los tratados internacionales y regionales de promoción y protección de los derechos humanos, como la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención contra la Tortura. Sin embargo, aún no lo ha hecho con el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura ─que permite crear un Mecanismo Nacional de Prevención─ ni la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.
En la práctica, hay demasiados obstáculos. En primer lugar, existe una falta de mecanismos: hay muy pocos tribunales, muy pocas prisiones, muy pocos recursos humanos y muy pocos medios.
Hay 36 tribunales en las cuatro regiones de Guinea: 18 tribunales de primera instancia y 18 casas de justicia, en las que solo se brindan servicios de mediación en casos de delitos leves. Si se trata de un delito grave, hay que acudir a un tribunal de primera instancia. El problema es que no hay suficientes, lo que obstaculiza el acceso a la justicia.
Los 34 centros penitenciarios del país, que datan de la época colonial, observan una fuerte sobrepoblación; ocho de ellos son prisiones de máxima seguridad y los demás son cárceles. La clasificación de los reclusos no se ajusta a las normas, ya que algunas personas condenadas a penas de larga duración se encuentran recluidas en las cárceles.
La prisión de Conakri, por ejemplo, que tiene una capacidad para 300 o 400 personas, alberga a 1600, entre 4 y 5 veces más de lo previsto. El acceso a la asistencia, la salud y la alimentación no cumple los requisitos mínimos, por lo que varias organizaciones internacionales y nacionales han tenido que desarrollar programas de alimentación para las personas privadas de libertad. Las raciones diarias son tan bajas que suelen provocar muertes por malnutrición y desnutrición.
La estructura de la judicatura también representa un reto. En 2021, el país solo contaba con 350 magistrados. Y, a pesar de que el Derecho evoluciona y el relevo generacional es crucial, la mayoría de ellos pertenecen a la vieja guardia y no suelen tomar en consideración el derecho internacional. Por otra parte, también está la cuestión fundamental de la feminización de la judicatura, que parece estar en marcha, pero que aún le falta mucho por perfeccionar.
La ley establece que los magistrados pueden visitar los lugares de privación de libertad. El Código de la Infancia, por su parte, otorga a los parlamentarios la posibilidad de ingresar en los centros de menores. Aun así, ni los unos ni los otros ejercen este derecho. Es una verdadera lástima que se pierda esta oportunidad de controlar estas instituciones y, aún más, teniendo en cuenta la dificultad que tienen las asociaciones defensoras de los derechos humanos para ingresar en la prisión de Conakri.
En general, existe una brecha muy grande entre las normas y las prácticas. Las normas existen, a pesar de las deficiencias. El problema es que ni siquiera se ejerce un control interno de los magistrados. Esto supone un verdadero problema para el seguimiento y la evaluación de las condiciones de reclusión y el trato de las personas privadas de libertad en Guinea.