HS. Las principales mejoras de esta última versión tienen que ver con el aislamiento solitario. La versión de 2006 contenía una sola referencia a la separación o el aislamiento de las personas privadas de libertad, lo que era insuficiente. Entretanto, en 2015, las Reglas Nelson Mandela establecieron la definición del aislamiento solitario y formularon una restricción clave para impedir que las administraciones penitenciarias lo impongan a una persona por más de quince días consecutivos.
Numerosas pruebas demuestran que, después de varios días, el aislamiento puede tener graves consecuencias en las personas privadas de libertad, puesto que están encerradas solas, con muy pocos estímulos externos en los que se puedan concentrar.
A pesar de que el aislamiento puede provocar alucinaciones, ira, autolesiones y graves daños en la salud mental, los países siguen utilizándolo para mantener el orden, ya sea aislando al recluso problemático o separando a la persona vulnerable para asegurar su propia protección; también suele utilizarse como medida de castigo o para evitar confabulaciones entre los reclusos preventivos. Pero, en todo caso, su uso tiene graves repercusiones y, sin importar que se use como castigo o no, los efectos son sumamente penalizadores para los reclusos.
Por estas razones, es importante que las normas internacionales limiten el uso del aislamiento solitario, ya que, para facilitarse la vida, las autoridades penitenciarias lo usan de manera demasiado frecuente sin considerar el daño que este puede causar. Por desgracia, esta medida es una realidad y aún falta mucho para que los Estados consientan su total prohibición. Sin embargo, para nosotros era importante lograr que aceptaran limitar su uso.
Las nuevas RPE prevén que los reclusos en aislamiento, bien sea por seguridad o protección, tengan al menos dos horas diarias de contacto humano apreciable. Asimismo, exigen que las medidas de aislamiento se suspendan en caso de afectar la salud de la persona privada de libertad. Esto representa un progreso en cuanto a la protección individual de los reclusos confrontados a estas medidas potencialmente peligrosas.
Lamentablemente, las reglas no establecen un periodo máximo cuando se trata de aislamiento por motivos disciplinarios, y solo se ha pedido a los Estados que fijen los límites en sus leyes nacionales; por su parte, el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura (CPT) ha recomendado un periodo máximo de 14 días. Cabe mencionar que la regla 60.6 sí fue objeto de actualizaciones en otros aspectos. Por ejemplo, ahora exige que se suspenda el aislamiento solitario si ha causado un deterioro de la salud mental o física del recluso. Además, prohíbe su uso en “menores, mujeres embarazadas, madres lactantes o padres encarcelados con hijos pequeños” (en conformidad con las Reglas Nelson Mandela).
Una disposición de las RPE exige que estas sean objeto de actualizaciones regulares, lo que es indispensable para ajustarse a otras normas y prácticas ejemplares. Un aspecto que se tomó en cuenta en esta nueva versión, pero que considero que el Consejo de Europa debe elaborar de manera más detallada en una recomendación separada, es el tema de las mujeres en prisión. A nivel de las Naciones Unidas, las “Reglas de Bangkok” son un documento esencial en lo que respecta a las mujeres reclusas y sus necesidades específicas. Creo que sería conveniente que, en el futuro, el Consejo de Europa elabore un conjunto de normas similares.