Francia
Capital — París
En caso de arresto
En Francia existen tres tipos de privación de libertad: la custodia policial, la reclusión y la detención administrativa.
El Inspector General de los lugares de privación de libertad (CGLPL) es una autoridad independiente que actúa en los casos de abuso cometidos durante estas medidas.
Solo se puede recurrir al CGLPL por correo postal.
En principio, la custodia tiene una duración de 24 horas, pero puede prorrogarse por 24 horas más, por autorización del Fiscal General.
La custodia policial¶
La custodia policial es una medida cautelar de privación de libertad que se puede imponer a cualquier persona sospechosa de haber cometido o intentado cometer un delito punible con pena de prisión. Los objetivos de esta medida son preservar las pruebas, evitar la presión externa, poner fin a la infracción, etc.
Para los menores de edad de más de 13 años se aplica, salvo algunas excepciones, el régimen de Derecho común y, por tanto, pueden ser sometidos a la custodia policial, por decisión de un oficial de policía y bajo el control del Fiscal general.
La persona bajo custodia policial tiene derecho a:
-
Ser informada de sus derechos al momento de la detención, en un idioma que comprenda.
-
Recibir la asistencia gratuita de un intérprete, incluso por medios electrónicos.
-
Ser informada de los procesos iniciados en su contra: la duración de la custodia policial, la naturaleza de la infracción de la que se le acusa, etc. También tiene derecho a consultar su expediente personal, que contendrá los documentos relativos a su situación procesal.
-
Comunicar a sus allegados (miembros de la familia, personas con la que comparte su alojamiento o empleador) el hecho de su detención. Las autoridades policiales se encargan de hacer estas llamadas. No se prevé la posibilidad de visitas.
-
Comunicar a las autoridades consulares de su país el hecho de su detención. Por lo general, son los agentes de policía los que realizan las llamadas.
-
Ser asistido por un abogado, que podrá estar presente e intervenir durante los interrogatorios. La persona detenida también tiene derecho a guardar silencio y no responder a las preguntas que se le formulan durante los interrogatorios.
-
Pasar un reconocimiento médico, que puede ser solicitado, en todo momento, tanto por los familiares como por la persona detenida (este derecho se renueva si la custodia policial se extiende).
¿Cuánto tiempo dura la custodia policial?¶
En principio, la custodia tiene una duración de 24 horas, pero puede prorrogarse por 24 horas más, por autorización del Fiscal General (quien la otorga la mayoría de las veces). Como máximo, la detención preventiva puede durar hasta 48 horas, pero hay excepciones para ciertos delitos.
¿Existe la posibilidad de ser liberado bajo fianza? Si es así, ¿cómo se desarrolla el proceso?¶
No, no es posible ser liberado bajo fianza durante la custodia policial. De manera más general, el Derecho penal francés no prevé este procedimiento.
¿Dónde será detenida la persona? ¿Qué ocurre durante la custodia policial?¶
La persona será detenida en una comisaría, en un espacio destinado, pero rara vez adaptado, a estos efectos (instalaciones en mal estado, sanitarios algunas veces en el interior de la celda, duchas de difícil acceso, etc.). La custodia policial alterna periodos de descanso, de interrogatorios y periodos de procedimientos administrativos diversos (reseñas dactilares, fotográficas, etc.). Las comidas son programadas y brindadas por las autoridades.
Al final de la custodia policial, la persona será puesta en libertad o a disposición de un juez que decidirá las acciones a seguir. Es posible que se ordene la prisión preventiva, la comparecencia inmediata ante un tribunal, o que se emita una citación para una fecha posterior.
¿De qué medios de coerción disponen los oficiales de policía?¶
Salvo excepción, las requisas al desnudo están prohibidas, así como cualquier presión de orden físico o moral. Es posible realizar cacheos o retener cualquier objeto, accesorio o prenda que pueda constituir un peligro para la persona o para los demás. Algunos medios de presión moral se observan con frecuencia, especialmente durante los interrogatorios (no fumar, instalaciones insalubres, diversas privaciones).
La situación judicial del interesado (preventivo o penado) determina, en la mayoría de los casos, la institución a la que será asignado.
La prisión¶
Para más detalles, ver FARAPEJ los registros del consejo o Fichas de Información del Observatorio Internacional de Prisiones (únicamente en francés) .
¿Cómo puedo saber dónde se encuentra mi familiar?¶
La jurisdicción que lleva el caso, y la situación judicial del interesado (preventivo o penado) determina, en la mayoría de los casos, la institución a la que será asignado.
-
Si se encuentra en prisión preventiva (en espera de juicio): La persona será, en principio, asignada al centro de detenciónde la ciudad en la que se encuentre situada la jurisdicción de instrucción o el tribunal ante el cual deberá comparecer. Si no hay un establecimiento penitenciario en esta ciudad o si este no es apropiado (edad, género, capacidad, seguridad), la persona será enviada a las instalaciones más cercanas que cumplan con las condiciones requeridas.
-
Si se ha dictado una condena en su contra: Tras el juicio, la persona será recluida en un establecimiento adaptado a su pena (centro de detención o prisión). Rara vez la transferencia se hace de manera inmediata. Los condenados a penas cortas (período inferior o igual a dos años) o cuya condena restante es inferior a un año, pueden permanecer en los centros de detención (maison d’arrêt). Esto es muy común en la práctica.
¿Qué ocurre al momento de su ingreso en un establecimiento penitenciario?¶
En primer lugar, la persona debe presentarse a la secretaría, donde se le asigna un número de recluso (tipo de documento de identidad penitenciario); posteriormente, debe consignar sus objetos personales (dinero, documentos de identidad, documentos administrativos, objetos varios) en el local de depósito y someterse a un cacheo (en ocasiones integral).
El recluso recibe un kit de correo (papel, sobres y bolígrafo), ropa de cama y productos de higiene personal y tiene una breve entrevista con el responsable del establecimiento, tras la que se le asignará una celda (individual o colectiva) en el módulo de ingresos. El nuevo interno tendrá la posibilidad de entrevistarse con los diversos profesionales de la prisión, como trabajadores sociales (consejeros correccionales de inserción y de libertad condicional) y personal sanitario.
Nota: El Ministerio de Justicia publica una guía para los nuevos internos, disponible en nueve idiomas: francés, ruso, italiano, árabe, español, portugués, rumano y alemán
Nota: la Cimade publicó una guía destinada a los reclusos extranjeros - información sobre la situación administrativa (2014, actualización próximamente); disponible en nueve idiomas: inglés, árabe, español, francés, italiano, mandarín, portugués, rumano y ruso
¿Cómo ser notificado del encarcelamiento de mi familiar?¶
Durante las primeras horas de su ingreso en un establecimiento penitenciario, su familiar, tiene derecho a hacer una llamada telefónica (gratis). Asimismo, los trabajadores sociales pueden avisarle sobre el hecho del encarcelamiento.
Vía telefónica
Los reclusos no están autorizados a recibir llamadas del exterior 1. Sin embargo, su familiar podrá realizar llamadas, en función de las condiciones inherentes a su situación penal:
- Los reclusos preventivos, deberán solicitar el permiso del tribunal.
- Los reclusos penados, tendrán derecho a contactar únicamente con los miembros de la familia (derecho que le puede ser retirado). Para realizar otro tipo de llamadas, el interesado deberá solicitar una autorización al director del centro penitenciario.
En los dos casos, las peticiones deben hacerse por escrito. El nombre y la información de contacto de las personas en cuestión deben ser mencionados. Los aspectos prácticos de acceso al teléfono (frecuencia, días de acceso) varían de una institución a otra. Las llamadas son a expensas de los internos y pueden ser escuchadas por la administración de la prisión. Se prohíben los teléfonos móviles y las comunicaciones por Internet.
Cartas
Puede enviarle correo postal a su familiar indicando su número de recluso. Su familiar también podrá escribirle, pero deberá asumir los costes de envío del correo. La administración de la prisión podrá leer toda la correspondencia, incluso la que esté escrita en un idioma extranjero (traducida).
¿Mi familiar puede entrar en contacto con las autoridades consulares de su país?¶
Sí, se le debe informar de este derecho en un idioma que comprenda. La persona puede, si lo desea, informar a dichas autoridades de cualquier medida privativa de libertad que le concierna. La circular de 18 de septiembre de 2007 define los procedimientos prácticos para el ejercicio de este derecho de acuerdo a la nacionalidad 2.
Informar al consulado es, sin embargo, una obligación para algunos países. Por lo tanto, se les informará de oficio sin el consentimiento de la persona detenida.
Los funcionarios consulares que deseen visitar al recluso deben pedir un permiso de visita conforme a las leyes del Derecho común.
Nota: en ningún caso, los refugiados, que beneficien de protección subsidiaria o solicitantes de asilo deben ponerse en contacto con las autoridades consulares de su país de origen. El personal penitenciario tampoco debe hacerlo.
¿Qué pasos debo seguir para visitarlo?¶
Usted debe solicitar y obtener un permiso de visita. La solicitud se hace por escrito o por Internet, y requiere diferentes documentos: fotos de identidad, documento de estado civil, documento que demuestre el vínculo familiar, etc.
- El juez de instrucción concede los permisos de visita de los preventivos.
- La dirección del establecimiento concede los permisos de visita de los penados.
Es posible obtener el número de teléfono de cada establecimiento penitenciario en el directorio del Ministerio de Justicia. Las plataformas telefónicas de cada institución le orientarán hacia los diferentes servicios: Servicio penitenciario de inserción y libertad condicional (SPIP), locutorios, registro, etc. En algunos casos, los números de los locutorios se encuentran disponibles.
Nota: La asociación UFRAMA proporciona el “libro de registro de la familia”(en francés). Estas cartillas brindan información sobre el procedimiento, el funcionamiento de las prisiones y el ejercicio de los derechos fundamentales.
¿Cómo consigo un abogado para organizar su defensa?¶
Su familiar puede ser asistido por:
- Un abogado elegido: el sitio web del Consejo Nacional de los Colegios de Abogados dispone de un directorio en línea de abogados
- Un abogado de oficio: la solicitud se realiza ante el Director del Tribunal de Grande Instance (TGI) del que dependa la persona. El interesado podrá consultar la lista de abogados en la secretaría del establecimiento.
Si su familiar no tiene los recursos suficientes, podrá solicitar asistencia jurídica (una solicitud por cada procedimiento). Esta puede ser total o parcial. El formulario diligenciado y los documentos justificativos deben ser presentados ante el tribunal en cuestión. La oficina de asistencia jurídica (BAJ) procesará la solicitud.
Nota: los requisitos y las normas relativas a la asistencia jurídica están disponibles aquí (sólo en francés).
La comunicación entre el recluso y el abogado no debe limitarse y debe garantizarse incluso en caso de sanciones disciplinarias. Las cartas intercambiadas no podrán ser leídas y las entrevistas deben ser confidenciales.
¿Qué tipo de ropa y objetos son autorizados en el momento de las visitas?¶
Usted podrá llevarle documentos y ropa a su familiar, excepto si esta se asemeja a los uniformes de los guardias. La comida está prohibida, salvo durante las celebraciones de fin de año. Además de las visitas, es posible enviar paquetes postales bajo ciertas condiciones de peso, y bajo control de la administración de la prisión. La situación varía de una institución a otra.
¿Puedo enviar dinero a mi familiar?¶
Si, es posible enviar dinero por transferencia bancaria o por giro postal. El dinero se deposita en una cuenta registrada a nombre del recluso y gestionada por la administración de la prisión.
¿Mi familiar puede tener acceso a un intérprete?¶
El acceso a un intérprete está garantizado durante los procedimientos penales y disciplinarios. Este derecho, en la práctica, no siempre se respeta (falta de intérpretes, de difícil acceso, etc.). No se garantiza el acceso a un intérprete para la vida cotidiana en la prisión (citas médicas, con SPIP, etc.).
Algunas circunstancias especiales pueden llevar a los familiares a contactar los servicios de inserción y de libertad condicional, que decidirán si transmiten o no la información a la persona en cuestión. ↩
Circular de 18 de septiembre de 2007, sobre la información de los extranjeros en los casos de detención y a la información y derechos de visitas de sus autoridades consulares (disponible sólo en francés). ↩
La detención administrativa no podrá exceder los 45 días a la espera de la deportación.
La detención administrativa¶
La detención administrativa consiste en mantener en un lugar cerrado a una persona extranjera sujeta a una medida de expulsión del territorio francés. Un juez administrativo o penal puede pronunciar la decisión. La detención administrativa no podrá exceder los 45 días a la espera de la deportación.
Sólo cinco asociaciones están facultadas para intervenir en los 25 centros de detención administrativa de Francia:
Ayuda local¶
Un directorio, actualizado por la FARAPEJ, identifica las asociaciones que trabajan dentro o en torno a las prisiones (en francés).
Lista de páginas web útiles¶
Otros recursos pueden proporcionar y completar la información.
-
Sitio web FairTrials para asegurar una defensa justa y equitativa (inglés).
-
Dossier informativo para los reclusos publicado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de la Commonwealth británica (en inglés).
-
Sus derechos en la cárcel, guía para las personas extranjeras, de la Cimade. Disponible en Inglés, árabe, español, francés, italiano, mandarín, portugués, rumano y ruso.
-
Guía para los nuevos internos publicado por el Ministerio de Justicia (disponible en francés, ruso, italiano, árabe, español, portugués, rumano y alemán).
-
Guía del recluso OIP (francés) / Ediciones La Découverte, 2012, 704 páginas, 873 preguntas/respuestas, 30 €.