En 2014, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó a Bélgica por la sobrepoblación de sus prisiones, un problema que hasta el día de hoy no ha logrado resolverse. Los organismos de control y las asociaciones de la sociedad civil denuncian con regularidad la sobrepoblación y las malas condiciones de reclusión que esta genera. La situación se agrava, además, debido a la falta de personal de seguridad y las huelgas constantes.
La administración penitenciaria está bajo la responsabilidad del Servicio Público Federal de Justicia (SPF Justice), que desde 2012 ha venido implementando los “Masterplans”, con los que se prevé, entre otros, la construcción de megaprisiones, principalmente, en asociación público-privada. La prisión más reciente, Haren, que tiene una capacidad para 1200 personas, abrió sus puertas en noviembre de 2022. El Gobierno belga anunció al mismo tiempo la construcción de establecimientos a pequeña escala, como casas de reclusión (maisons de détention), para las personas condenadas a menos de tres años de prisión, y centros de reinserción (maisons de transition), para las personas que están a punto de terminar su pena.
Ciertas competencias relativas a la vida de las personas privadas de libertad recaen sobre las comunidades y las regiones, como, por ejemplo, la educación y la formación. La distribución de las responsabilidades, sin embargo, es confusa, incluso para los actores locales.
Bélgica es uno de los Estados signatarios del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (OPCAT). Sin embargo, la ratificación sigue pendiente y el país aún no ha creado un Mecanismo Nacional de Prevención (MNP).
El Consejo Central de Vigilancia Penitenciaria (CCSP) es un órgano independiente que se encarga de garantizar los derechos y la dignidad de las personas privadas de libertad. Una Comisión de Vigilancia, conformada por voluntarios y adscrita al CCSP, está presente en cada prisión para llevar a cabo misiones de control y de mediación.
El sistema penitenciario suele relegar al olvido a las mujeres privadas de libertad. La única prisión femenina que existía en el país cerró en noviembre de 2022. Todas las reclusas se alojan ahora en módulos femeninos dentro de prisiones para hombres, en las que, por lo general, gozan de menor acceso a las actividades y al empleo. Los menores en conflicto con la ley, por su parte, responden a un sistema de Justicia específico. Al considerarse, inimputables, los menores no están sujetos a medidas privativas de libertad. Las sanciones que se les imponen tienen más bien un objetivo de reinserción y de educación. La gestión de las personas transgénero, con discapacidades o de edad avanzada, no se define por una normativa, por lo que sigue haciéndose de manera informal.
Las condiciones materiales varían de manera significativa de un establecimiento a otro. La infraestructura y las condiciones de higiene dependen, por ejemplo, de la época de construcción: 20 de los 36 centros penitenciarios del país datan del siglo XIX.
La oferta de empleo y actividades es insuficiente con respecto a la demanda. Menos de la mitad de las personas privadas de libertad tienen acceso a un trabajo. Los reclusos que trabajan no gozan de las mismas ventajas que las personas de la población general. Por ejemplo, no se les hace un contrato de trabajo, no disponen de ninguna protección social, y la remuneración es muy inferior.
La atención sanitaria sigue siendo responsabilidad del SPF Justicia, aunque desde hace varios años se está negociando el traspaso de esta competencia al Servicio Público Federal de Salud (SPF Santé). Las organizaciones de la sociedad civil y los organismos de control han manifestado su preocupación por el estado de la atención sanitaria en varias prisiones. Se considera que los procedimientos son demasiado largos, las consultas muy cortas, existe una grave falta de acceso a personal médico especializado y el material de las unidades de salud es insuficiente (Informe completo disponible en francés e inglés).