La sobrepoblación carcelaria es un grave problema en varios países miembro de la Unión Europea, como lo señalaron el Parlamento y la Comisión en repetidas ocasiones, en 2017 y 2022. Un tercio de los Estados sobrepasa la capacidad de sus prisiones. En 2022, por ejemplo, países como Francia, Chipre, Italia y Rumania albergaban entre 107 y 124 reclusos en un espacio diseñado para 100 personas. Estas medias nacionales reflejan varios tipos de situación, pues de una región a otra, de una prisión a otra, de un módulo a otro, la tasa de ocupación puede duplicarse. En Francia, 17 establecimientos o módulos contaban con una tasa de ocupación superior o igual al 200 % en abril de 2024. En otros países, el problema de la sobrepoblación afecta ciertas prisiones o regiones, aunque la media nacional no supere la capacidad total. Cabe señalar que, además, la manera en que se calcula la tasa de ocupación difiere entre los Estados miembro. Tales diferencias dificultan la instauración de políticas que respondan al problema. El Grupo de Progresistas Socialistas y Demócratas evoca la necesidad de que todos los países adopten un método común para calcular la sobrepoblación carcelaria.
La sobrepoblación en las prisiones tiene graves consecuencias. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado, en repetidas ocasiones, a varios Estados miembro de la UE por sus condiciones de reclusión.
Según el TEDH, en al menos 15 Estados , dichas condiciones constituyen un trato inhumano o degradante. Los Estados con mayor número de condenas por este motivo son: Francia, Rumania y Bélgica, con cerca de diez condenas cada uno.
Como lo observó el Parlamento Europeo en 2017, las condiciones de reclusión indignas entorpecen la cooperación entre los Estados miembro: “la superpoblación obstaculiza la extradición o la transferencia de las personas condenadas debido a las preocupaciones por lo que respecta a las malas condiciones penitenciarias en el Estado de acogida”. El traslado de una persona, por una orden europea de detención, se basa en el principio de reconocimiento mutuo de las sentencias. Esto significa que las autoridades de los Estados miembro de la Unión Europea deben reconocer las resoluciones judiciales de otro Estado; un principio que implica una confianza mutua. El Consejo de la Unión Europea indica que la ejecución de la orden europea de detención, sujeta a plazos estrictos, debe respetar los derechos fundamentales, y, en caso de que exista un riesgo real de trato inhumano o degradante en el país de acogida, la autoridad judicial de ejecución deberá aplazar la orden hasta que dicho riesgo deje de existir. En 2021, se denegó la ejecución de 86 órdenes por tales motivos. El Grupo de Progresistas Socialistas y Demócratas estima que la denegación de una orden europea de detención podría “minar la confianza mutua entre los Estados miembro”, y que el hecho de establecer normas mínimas podría reforzar esta confianza.
El Grupo de los Verdes/ALE considera que la cooperación judicial en el marco de una orden europea de detención debería suspenderse con los Estados cuyos sistemas penales presenten fallas sistémicas.
Algunos Gobiernos afirman que construir nuevas prisiones permitirá resolver el problema de las violaciones de los derechos, causadas por la sobrepoblación carcelaria. Dos grupos ponen de manifiesto los límites de esta teoría. La Copresidenta del Grupo de la Izquierda declara que se comprometerá a luchar por una moratoria europea sobre la construcción de prisiones”y estima que en lugar de aumentar la capacidad del sistema penitenciario, se necesita reducir la población carcelaria”. El grupo desea lanzar “una conferencia europea sobre las medidas alternativas a la privación de libertad”.
El Grupo de Progresistas Socialistas y Demócratas declara que ampliar la capacidad del sistema penitenciario no es la solución. Además, estima que es necesario relajar las condiciones de la prisión preventiva y liberar a todos los presos de conciencia.
El Grupo de los Verdes/ALE señala la importancia de que los Estados miembro evalúen la viabilidad de sus modelos penitenciarios alternativos y menciona que la Unión Europea puede jugar un papel esencial en esta evaluación. El grupo habla, por ejemplo, de las casas de reclusión a pequeña escala, instauradas en Bélgica, y de la necesidad de examinar su capacidad para resolver los problemas que afectan las prisiones europeas.