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Los abusos contra personas presas y manifestantes ponen de relieve la necesidad urgente de una normativa sobre los instrumentos de tortura

El mundo debe actuar con urgencia para prohibir el comercio global con material concebido para infligir lesiones y un dolor atroz, han declarado hoy Amnistía Internacional y la Fundación de Investigación Omega, en vísperas de la reunión de alto nivel de la ONU sobre el “comercio con la tortura”.

En un nuevo informe titulado Poner fin al comercio con la tortura: El camino hacia controles mundiales sobre los “instrumentos de tortura”, ambas organizaciones también piden controles sobre el material policial estándar, para garantizar que no acaba en manos de quienes cometen abusos.

“Cuando han transcurrido más de 30 años desde la prohibición internacional de la tortura, se sigue sometiendo a personas a tortura, a menudo hasta la muerte, en prisiones y centros de detención de todo el mundo. No tiene sentido prohibir la tortura si se permite que continúe el comercio con material siniestro concebido específicamente para infligirla, como porras con púas y grillos con pernos”, ha afirmado Patrick Wilcken, responsable de Amnistía Internacional sobre Empresas, Seguridad y Derechos Humanos.

“Entretanto, cuando en todo el mundo sigue habiendo manifestantes asfixiados con gas lacrimógeno y lesionados con balas de goma, urge reforzar los controles sobre el comercio con material policial. Hay material estándar, como esposas y porras, que puede emplearse como instrumento de tortura cuando cae en las manos equivocadas. Los países deben unirse para establecer un instrumento global jurídicamente vinculante que regule el comercio con estos productos”.

La publicación del informe de Amnistía Internacional y la Fundación de Investigación Omega coincide con la reunión de alto nivel en Naciones Unidas de la Alianza para el Comercio Libre de Tortura —integrada por 60 Estados— y forma parte del actual proceso de exploración de vías para regular el comercio global con material para hacer cumplir la ley.

Como apoyo al proceso de la ONU, Amnistía Internacional y la Fundación de Investigación Omega presentan un “marco contra el comercio con la tortura”, que establece medidas básicas que han de adoptar los Estados para regular de manera efectiva el comercio con material para hacer cumplir la ley y con productos relacionados con la pena de muerte.

Entre dichas medidas figuran prohibir el material intrínsecamente abusivo, como las porras con púas, los cinturones de electrochoque y las esposas para tobillos lastradas, y establecer controles robustos en materia de derechos humanos en el comercio con material empleado de manera habitual por la policía, como esposas, pulverizadores de pimienta y dispositivos Taser.

El informe también hace hincapié en la necesidad de prohibir el comercio con material empleado para aplicar la pena de muerte —como horcas y sillas eléctricas— y de establecer controles sobre las exportaciones de productos químicos farmacéuticos de doble uso, para prevenir su utilización en ejecuciones mediante inyección letal.

“Nuestra investigación ha puesto al descubierto la promoción, en ferias comerciales y sitios web de empresas, de diversos materiales para hacer cumplir la ley intrínsecamente abusivos, por ejemplo, dispositivos de electrochoque activados por control remoto adheridos al cuerpo de las personas detenidas; grilletes pesados; instrumentos de coerción atornillados a los muros; porras con púas y escudos dentados; porras policiales eléctricas y pistolas paralizantes, guantes de electrochoque e incluso dispositivos de captura de electrochoque, y la lista no acaba ahí”, ha manifestado el doctor Michael Crowley, adjunto de investigación de la Fundación de Investigación Omega.

“Durante demasiado tiempo, los Estados han hecho la vista gorda ante el comercio con ‘instrumentos de tortura’ y han permitido a empresas de todo el mundo beneficiarse del dolor y el sufrimiento humano. Todos los Estados tienen la responsabilidad de actuar con decisión para poner bajo control este comercio. Nuestro marco contra el comercio con la tortura les proporciona las bases para una acción efectiva, estableciendo individualmente restricciones nacionales y acordando colectivamente normas internacionales a través del actual proceso de la ONU”.

Los dispositivos de electrochoque se emplean de manera habitual como instrumentos de tortura en todo el mundo. Por ejemplo, el 9 de septiembre de 2020, la policía dio el alto a Javier Ordóñez en Bogotá, Colombia, por vulnerar, presuntamente, las restricciones por la COVID-19. Los agentes lo inmovilizaron en el suelo y le administraron reiteradamente descargas eléctricas en el cuerpo con un dispositivo Taser durante unos cinco minutos. Murió en el hospital horas después a consecuencia de un traumatismo contuso.

En Arabia Saudí, Solomon, un detenido etíope, contó a Amnistía Internacional que los guardias penitenciarios habían usado dispositivos de electrochoque contra él por protestar por la ausencia de atención sanitaria.

“Si nos quejamos, utilizan un dispositivo y caes. Es como cuando tocas algo con corriente. Te deja una marca en la piel… Desde ese día no hemos vuelto a quejarnos. Tenemos miedo de que vuelvan a ponernos esa cosa eléctrica en la espalda. Nos callamos”.

Amnistía Internacional y Omega piden la prohibición en todo el mundo del comercio y uso de determinados dispositivos de electrochoque inadecuados para la aplicación de la ley. Entre ellos figuran los dispositivos corporales, como los cinturones y los chalecos de electrochoque, y los dispositivos de contacto directo de uso policial, como las porras eléctricas y los dispositivos de agarre. Algunos dispositivos de proyectiles de electrochoque pueden tener una finalidad legítima de aplicación de la ley, pero su comercio y utilización han de estar estrechamente controlados.

El informe también contiene testimonios desgarradores de personas sometidas a palizas propinadas por la policía con porras, bastones y varas, como el de un preso en Burundi que denunció:

“[La policía] nos golpeó en la espalda, las nalgas y los pies durante 20 minutos. Eran seis policías, y se turnaban. Tuve dificultades para caminar durante una semana. No podía ponerme los zapatos por lo hinchados que tenía los pies”.

Tras las protestas que siguieron a las elecciones de Bielorrusia en agosto de 2020, Katsyaryna Novikava contó a Amnistía Internacional que había pasado 34 horas en el Centro de Aislamiento de Delincuentes, donde se obligaba a los hombres recluidos a permanecer tendidos en el barro en el patio del edificio. En el interior del centro, decenas de hombres fueron obligados a desnudarse y ponerse a cuatro patas, mientras los agentes les daban patadas y los golpeaban con las porras. También Katsyaryna fue obligada a ponerse de rodillas y a escuchar sus gritos.

Según Amnistía Internacional, numerosas fuerzas policiales han empleado diversos tipos de materiales y armas al margen de situaciones de custodia de un modo que puede constituir tortura u otros malos tratos.

Entre esos usos figura disparar reiteradamente y de manera deliberada balas de goma, balas de plástico y otros proyectiles potencialmente letales contra manifestantes pacíficos, dando lugar a lesiones graves y pérdida de visión. También incluye usar de manera injustificada y punitiva sustancias químicas irritantes, como pulverizadores de pimienta, contra personas que no representan ninguna amenaza, y emplear grandes cantidades de gas lacrimógeno en espacios cerrados.

Amnistía Internacional y Omega piden a los Estados que empleen el marco contra el comercio con la tortura para adoptar normativas o reforzar los controles nacionales existentes sobre el comercio con productos empleados para aplicar la pena capital o infligir tortura u otros malos tratos.

Los controles más estrechos sobre el material para hacer cumplir la ley deben incluir la concesión de autorizaciones caso por caso y previa evaluación del riesgo de que el material se utilice indebidamente para infligir tortura u otros malos tratos.

Las empresas también tienen la responsabilidad de respetar los derechos humanos.

“Aunque los controles comerciales están vinculados a obligaciones de los Estados, ello no exime a las empresas de su responsabilidad en este terrible comercio”, ha declarado Patrick Wilcken.

“Las empresas deben ejercer de manera proactiva la diligencia debida en materia de derechos humanos para impedir que sus productos se usen indebidamente. Las empresas que fabriquen, promuevan o comercien con material para hacer cumplir la ley intrínsecamente abusivo que no puede emplearse para otra cosa más que para infligir tortura u otros malos tratos o aplicar la pena de muerte deben poner de inmediato fin a estas actividades”.