Camboya
Capital — Phnom Penh
Población del país
i2015Tasa de encarcelamiento (por 100 000 ha…
Tipo de Gobierno
Índice de desarrollo humano
i2016/ PNUDNombre del ministerio responsable de la…
Número de reclusos
Tasa de ocupación
Número total de establecimientos
i2014Se ha creado un MNP
Reclusas
Menores reclusos
Porcentaje de personas en prisión preve…
Se ha abolido la pena de muerte
Sídesde 1989
Relaciones con el exterior
El derecho de visitas
Los visitantes están obligados a pagar por cada visita. Las cantidades solicitadas varían según la duración de la visita, el lugar de encuentro, el día de la visita y la capacidad financiera percibida del visitante.
Los reclusos y las familias declaran que el precio de las visitas oscila entre:
- $2.50 - $5.00 (USD) por una visita de 15 minutos tras las rejas.
- $10 por una comunicación frente a frente al interior de la prisión, y
- $15, o más, por un encuentro privado.
Un antiguo recluso informó a la LICADHO que su familia tuvo que pagar una suma adicional de $2.50 por cada hijo. Los visitantes que llevan comida u otros productos a los reclusos deben a menudo pagar más o dar un porcentaje a los guardias.
Los visitantes deben pagar el doble si más de un miembro de su familia se encuentra en la misma prisión.
Las condiciones de visita entre madres e hijos son difíciles. No es posible pasar tiempo a solas con sus hijos durante las visitas familiares y a muchas se les niega cualquier contacto físico.
Debido a los altos precios de las visitas, los reclusos más desfavorecidos tienen dificultades para mantener sus vínculos familiares (aunque en teoría esto es competencia de la administración penitenciaria).
Correspondencia y teléfono
El derecho a realizar llamadas telefónicas y enviar correspondencia depende de las circunstancias financieras. Algunas prisiones no están equipadas para realizar llamadas telefónicas, por tanto los reclusos se ven obligados a pagar a los guardias para usar sus teléfonos celulares.
Política de adaptación de la pena
Las medidas no privativas de la libertad se contemplan raramente y todavía son vistas con cierta suspicacia y escepticismo.
A principios de enero 2014, un grupo de trabajo sobre penas alternativas difundió tres circulares con el objetivo de proponer algunas directrices para la aplicación de medidas alternativas no privativas de libertad a los a los funcionarios de justicia.
El objetivo de este grupo de trabajo es asegurarse de que los jueces y fiscales actúan de conformidad con los principios jurídicos a la hora de determinar si la pena de prisión es realmente necesaria. Para ello es necesario que analicen exhaustivamente la naturaleza del delito, la personalidad y las circunstancias del acusado.
Pese a esta iniciativa del gobierno, la LICADHO todavía no ha observado ningún resultado o postura favorable con respecto a las penas alternativas.
Asistencia jurídica
La asistencia jurídica es insuficiente.
En noviembre de 2013, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) contabilizó 74 abogados de oficio que trabajan en todo el país. Entre ellos, 51 en Non Pen.
Si bien el gobierno aumentó el presupuesto para la asistencia jurídica, existen siete provincias que no cuentan con abogados de oficio locales. Por su parte, el departamento de asistencia jurídica del Colegio de Abogados de Camboya dispone de tan solo siete abogados de oficio a tiempo completo. Como resultado, muchos sospechosos no tienen representación legal alguna. Las principales víctimas de esta carencia son las personas procedentes de medios desfavorecidos.
El director de un establecimiento provincial declaró a la LICADHO que solo el 5% de los internos de la prisión habían sido representados por un abogado. Incluso a aquellos que pueden pagar un abogado privado no se les garantiza una representación de calidad. La corrupción del sistema judicial es generalizada.
Con frecuencia, los reclusos no obtienen información oportuna sobre la evolución de sus casos: fechas de juicio, derecho de apelación, derecho a pedir una amnistía o reducción de pena, notificaciones del fiscal, etc.
Mecanismo Nacional de Prevención (MNP)
Camboya ratificó el Protocolo Facultativo a la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes en 2007.
Hasta la fecha, el país no ha logrado establecer un Mecanismo Nacional de Prevención Independiente. En su lugar, se creó, en 2009, un comité interministerial compuesto por varios funcionarios del gobierno. Este comité no se considera ni independiente ni eficaz.