Francia
Capital — París
Población del país
Tasa de encarcelamiento (por 100 000 ha…
i2015/ Administración PenitenciariaTipo de Gobierno
Índice de desarrollo humano
i2016/ PNUDNombre del ministerio responsable de la…
Número de reclusos
i2015/ Administración PenitenciariaDuración media de encarcelamiento (en m…
i2015/ Administración PenitenciariaNúmero total de establecimientos
i2015Se ha creado un MNP
Reclusas
i2015/ Administración PenitenciariaMenores reclusos
i2015/ Administración PenitenciariaPorcentaje de personas en prisión preve…
i2015/ Administración PenitenciariaSe ha abolido la pena de muerte
Vida cotidiana
Las celdas y su equipamiento
Desde 1875, la ley prevé el derecho a la reclusión en celdas individuales. Este derecho, que se reafirmó en el 2000 no se respeta; las moratorias se suceden a la espera de una imposible correspondencia entre el número de reclusos y el número de plazas.
Al 1 de enero de 2014, se contabilizaban 49 681 celdas, entre ellas, alrededor de 3500 y 4000 de menos de 8m² y 6553 dobles.
1006 reclusos no disponen de una cama y su colchón se encuentra directamente en el suelo. Los magistrados, parlamentarios y la administración penitenciaria siguen creando situaciones en las que varias personas se ven obligadas a compartir una plaza. Tres personas pueden llegar a ocupar una celda “individual”, y cuatro personas una celda doble.
Por lo general, las celdas cuentan con una silla, una mesa y un pequeño armario por persona. Los reclusos que comparten la celda se quejan de que los armarios no se pueden cerrar con llave; todos se quejan de las rejillas que obstruyen las ventanas de las celdas. En las celdas de los establecimientos más antiguos se constata la falta de luz y de ventilación.
La sección francesa del OIP entabló un procedimiento de urgencia en razón de las condiciones de reclusión y de hacinamiento de la prisión de Nimes. El Consejo de Estado confirmó, en una decisión de 30 de julio de 2015, que esta situación expone a los reclusos a un tratamiento inhumano o degradante que afecta gravemente las libertades fundamentales.
La comida
La administración distribuye tres comidas diarias, a horarios habituales, que se consumen en las celdas. La calidad y la calidad se consideran a menudo insuficientes.
En los establecimientos antiguos, los reclusos también pueden cocinar en sus celdas con utensilios elaborados por ellos mismos. Las instalaciones recientes disponen de fogones eléctricos. Es posible comprar alimentos o alquilar un refrigerador en el economato. Sin embargo, debido a la gestión delegada, los precios son a menudo más altos que al exterior. Un recluso del establecimiento de Lyon-Corbas realizó un sondeo, en julio del 2015, en el que comprobó que el precio de ciertos productos es hasta un 57% más elevado en la prisión que al exterior. En gestión directa, la administración penitenciaria realiza esfuerzos por mantener los precios más bajos.
En teoría, se tienen en cuenta las prácticas culturales y religiosas, así como las necesidades médicas. Sin embargo, muchos juzgan insuficientes estas consideraciones. La falta de productos halal en las comidas hace que se aumente el número de menús vegetarianos.
La higiene
En las nuevas instalaciones, la higiene se considera adecuada. Los establecimientos más antiguos, en cambio, no cumplen con las exigencias mínimas, a pesar de las renovaciones efectuadas: el mantenimiento de las instalaciones es escaso, hay plagas, y las duchas están sucias y en mal estado.
Los reclusos se hacen cargo de la limpieza de las celdas pero los productos de aseo que proporciona la administración penitenciaria no son suficientes. La administración se ocupa únicamente del lavado de la ropa de cama; la limpieza de la ropa está a cargo de los reclusos o de los allegados que pueden llevarles prendas durante las visitas.
Los lavamanos y los sanitarios están ubicados en las celdas. En los establecimientos más antiguos, las duchas son colectivas y los reclusos tienen acceso al menos tres veces por semana. A su ingreso en prisión, los reclusos reciben un kit con productos de higiene personal (papel higiénico, pasta de dientes, jabón, etc.). Este kit no cubre todas las necesidades (no contiene productos de higiene femenina) y solo se renueva para las personas indigentes.
La cárcel de Digne (Alpes de Haute-Provence) recibe mensualmente cincuenta bolsas de basura de 30 litros para cada celda (de hasta seis ocupantes), así como un rollo de papel higiénico y una botella de lejía al 3.6% por cada recluso. Los jabones se entregan por solicitud.
El establecimiento dispone de una lavandería equipada de una lavadora y secadora profesionales. Este material permite a los auxiliares lavar la ropa de cama, los uniformes de los trabajadores y las prendas, tanto de las personas que carecen de recursos como las de aquellas que no reciben visitas.
La salud
El Ministerio de Salud es responsable de la atención sanitaria de los reclusos, en virtud de la ley de 8 de enero de 1994. La organización de estos servicios se divide en dos categorías: uno para los tratamientos somáticos y otro para los cuidados psiquiátricos.
-
La atención médica de nivel 1 comprende los tratamientos prescritos en las consultas, actas externas y prestaciones ambulatorias. Las unidades sanitarias asumen las consultas y los exámenes de medicina general que no requieren de hospitalización. Estas unidades, presentes en casi todos los establecimientos, se componen de enfermeros y médicos generales.
-
La atención médica de nivel 2 cubre las hospitalizaciones a tiempo parcial y permite a las personas beneficiar de tratamientos o exámenes polivalentes e individualizados, realizados durante el día. Los tratamientos somáticos se realizan en medio hospitalario, y los psiquiátricos, en medio penitenciario, dentro de las unidades sanitarias.
-
La atención médica de nivel 3 cubre a las personas que necesitan una hospitalización completa. Los tratamientos somáticos se dispensan en módulos adecuados dentro de los hospitales más cercanos (hospitalizaciones cortas o urgentes). Las hospitalizaciones más largas (superiores a 48 horas) se hacen en establecimientos especiales (unidades hospitalarias de custodia). Las hospitalizaciones psiquiátricas, con o sin consentimiento, tienen lugar en unidades hospitalarias especialmente adecuadas.
Existen:
- 175 unidades sanitarias dentro de los establecimientos penitenciarios.
- 8 unidades hospitalarias de custodia (UHSI), implantadas en los centros hospitalarios universitarios (CHU), para las hospitalizaciones programadas de más de 48 horas: Nancy, Lille, Lyon, Bordeaux, Toulouse, Marseille, Paris y Rennes. Dentro de estas 8 unidades hay un total de 181 camas.
- 1 establecimiento público de salud nacional en Fresnes.
- 26 servicios regionales médico-psicológicos, implantados en 26 establecimientos penitenciarios.
- 7 unidades hospitalarias especialmente adecuadas (UHSA), implantadas en medio hospitalario, para las hospitalizaciones psiquiátricas (con o sin consentimiento): Lyon, Nancy, Toulouse, París, Lille y Rennes. Dos UHSA abrieron en Bordeaux y Marseille en el 2016.
Según los reclusos, el acceso a las unidades sanitarias es desigual. El acceso a los tratamientos médicos de medicina general resultan más bien satisfactorios, aunque estén sujetos a las condiciones de los establecimientos (actividades durante los mismos horarios, procedimientos disciplinarios en curso, etc.). Las dificultades observadas habitualmente son la preservación del secreto médico y la falta de recursos en las unidades sanitarias.
La atención especializada, como la oftalmología o la odontología, y los tratamientos de patologías crónicas son deficientes. No hay suficientes médicos especialistas y las citas se deben pedir por escrito — obtener una cita puede tomar incluso varios meses—. No se garantiza el respeto del secreto médico.
En su recomendación, el Inspector General de los lugares de privación de libertad pone de manifiesto las violaciones al secreto médico, debido a la presencia de cámaras de vigilancia en los locales terapéuticos. Al personal de enfermería que protestó contra la existencia de estas cámaras se le retiró su habilitación.
El OIP señala que la atención médica de Mohamed D., recluido en la prisión de Clairvaux, ha sido regularmente objeto de graves violaciones del secreto médico desde marzo de 2015. Las muestras de sangre y las radiografías se hacen en presencia del personal penitenciario, en ocasiones equipados con cascos y trajes antidisturbios, al interior de las instalaciones médicas. También se han señalado casos en los que los reclusos son esposados durante las consultas. Estas medidas se aplican contra la opinión del personal sanitario.
En un comunicado del 15 de julio de 2015, el OIP informó que, al último semestre de 2014, se dejaron de atender al menos 300 solicitudes de consulta con el dentista del centro penitenciario de Bourg-en-Bresse. La falta de medios humanos y materiales asignados a la unidad sanitaria de la prisión, así como la dificultad para encontrar cirujanos dentistas que acepten trabajar en el ámbito penitenciario, son las principales razones de esta negligencia. Uno de los dentistas del establecimiento afirmó que ni siquiera en caso de ausencia o vacaciones se busca un remplazo para su asistente.
En una opinión, emitida en julio de 2015, sobre la atención médica de los reclusos en los establecimientos de salud pública, el Inspector General de los lugares de privación de la libertad señaló que muchos permisos médicos se anulan o posponen por falta de escoltas penitenciarios. El inspector también abordó otros temas como las condiciones de los permisos de salida por razones médicas, el secreto médico, y las condiciones de los reclusos en los hospitales, principalmente en habitaciones vigiladas. La institución observó que las ventanas de las habitaciones del centro hospitalario de Mulhouse estaban totalmente cubiertas de metal. En ocasiones, las habitaciones no están amuebladas. En la unidad del hospital de la Pitié-Salpêtrière no se ha adecuado ningún patio para los pacientes reclusos. El secreto médico no se respeta y se suelen utilizar medios de coerción física.
Las actividades
Los reclusos pueden participar en las actividades que ofrece cada establecimiento. Desde el 2009, los internos deben participar en al menos una de ellas. El acceso a los patios es un derecho (en general una hora y media al día).
Por lo general, las actividades propuestas no cubren las necesidades de los reclusos. La administración penitenciaria estima que en promedio cada recluso dedica una hora diaria a las actividades (sin contar la salida al patio). No hay actividades fuera de las horas hábiles ni el fin de semana. Los criterios de inscripción son opacos y están sujetos a la autorización de la administración. En ocasiones, existen algunas dificultades (falta de salas, limitación del presupuesto, poca difusión de la información) que impiden que las actividades tengan lugar. Se han constatado dificultades similares con respecto al deporte.
A menudo, los reclusos no están al tanto de las actividades propuestas. Por ejemplo, en el centro de detención de Roanne, estas se comunican mediante una simple hoja suelta.
En abril del 2016, la sección francesa del OIP señaló que las actividades son limitadas y poco útiles una vez fuera de prisión. En el establecimiento de Carcassonne (tasa de ocupación de 190%) solamente se proponen tres actividades: la biblioteca, el código de circulación y los primeros auxilios.
En cada establecimiento hay una biblioteca. Los libros en idiomas extranjeros son pocos y los horarios de apertura reducidos (en promedio 21 horas a la semana).
El trabajo
Existen tres tipos principales de trabajo en prisión:
-
El servicio general: designa el conjunto de empleos orientados al funcionamiento de la prisión (mantenimiento, restauración, limpieza de las áreas colectivas).
-
Los talleres de la régie industrielle des établissements pénitentiaires (RIEP) —organismo de la administración penitenciaria encargada del trabajo de los reclusos —, gestionada por el servicio de empleo penitenciario (SEP). Este servicio organiza la producción de bienes y servicios por parte de los reclusos y se encarga de su comercialización (informática, imprenta, carpintería, confección, metalistería, agricultura, etc.). 1200 Reclusos trabajan en 48 talleres, implantados en 27 establecimientos. La facturación anual (sin IVA) es de 22,8 millones de euros por 6 millones de euros de salarios.
-
El trabajo en concesión: los reclusos trabajan para empresas privadas que instalan un taller en la prisión. Por lo general, se trata de operaciones manuales simples (ensobrado, empaquetado).
Los reclusos también pueden trabajar por su propia cuenta o para una asociación.
En total, estas actividades solo generan empleo para un cuarto de los reclusos.
El Derecho laboral no se aplica totalmente en la prisión: no hay un salario mínimo establecido o un contrato de trabajo. Las tareas del servicio general se remuneran con una tarifa diaria y las del taller a destajo. Las disposiciones de la ley penitenciaria de 24 de noviembre de 2009 aún no se aplican plenamente y, además, conceden un poder exorbitante a la administración.
Las personas que trabajan para las empresas privadas o para el servicio de empleo penitenciario deberían percibir una remuneración horaria bruta equivalente al 45% del salario mínimo (es decir, 4,32 euros al 1 de enero del 2015). En el servicio general, la tasa varía en función de la clasificación del puesto: El 33% del salario mínimo para un puesto de categoría I (3,17€ al 1 de enero de 2015); 25% para un puesto de categoría II (2,40€), y el 20% para un puesto de categoría III (1,92€).
Pese a la movilización de 375 universitarios y de un gran número de asociaciones, el 25 de septiembre del 2015, el Consejo constitucional consideró que la falta de un marco legal para el trabajo en reclusión no es contraria a los derechos y a las libertades garantizadas por la Constitución.
El CGLPL reaccionó ante esta decisión: “No es normal que en un Estado de derecho los reclusos que trabajan no beneficien de ninguna garantía, principalmente en cuanto a la duración, seguridad laboral y cubertura social (…).”
Reclusos que trabajan
25 %
La formación y la escolarización
Por lo general, la población carcelaria tiene un bajo nivel de formación: casi una de cada cuatro personas (22%) reprueba los test de lectura; cerca de una de dos personas no tiene ningún diploma (43,5%), y más de tres de cada cuatro personas solo tienen un nivel correspondiente al certificado de aptitud profesional (76%).
Si bien se han puesto en marcha algunas acciones de lucha contra el analfabetismo, estas no se implementan de manera sistemática.
La formación general en reclusión está a cargo del Ministerio de Educación y, desde el 1 de enero de 2015, la formación profesional es responsabilidad de las autoridades regionales.
En 2014, un cuarto de los reclusos fue escolarizado, y 22 514 personas realizaron una formación profesional.
Algunas situaciones frenan el acceso a la formación y a la escolarización de los reclusos, como por ejemplo, problemas de organización y falta de personal o de material. La educación en prisión está lejos de cumplir con las exigencias que se imponen a la escolarización al exterior.
Los medios de comunicación
El acceso a la información (prensa, televisión) se garantiza, sin perjuicio de la seguridad de los establecimientos. Si bien estos servicios son pagos, algunos editores difunden de manera gratuita sus periódicos regionales.
Se prohíbe el acceso a Internet. El material informático disponible (por solicitud personal o en el marco de una formación) es insuficiente y está sujeto a ciertas condiciones de seguridad de los establecimientos. Hay una gran brecha entre las condiciones de acceso impuestas por la administración penitenciaria y la evolución de la tecnología.
La religión
El principio la laicidad garantiza el libre ejercicio de culto, bajo la responsabilidad de la administración penitenciaria.
Los representantes religiosos pueden ser tanto capellanes remunerados, como voluntarios o auxiliares. Al 1 de enero de 2015, se contabilizaban 1628 representantes religiosos, entre ellos, 453 capellanes remunerados, 972 voluntarios y 203 auxiliares voluntarios.
La repartición por culto comprende: 760 capellanes católicos, 377 protestantes, 193 musulmanes, 11 testigos de Jehová, 10 budistas y 50 de otros cultos.
Los capellanes católicos y protestantes representan más de la mitad de capellanes remunerados, y los musulmanes representan cerca de un tercio. Se constata una considerable desigualdad en términos de medios, remuneración y de número de autorizaciones otorgadas entre los representantes de diferentes cultos, lo que puede entorpecer la práctica de algunas religiones, sobre todo la musulmana, que necesita cierta regularidad.
Las exigencias de la vida espiritual no se satisfacen completamente: los reclusos no siempre están autorizados a conservar sus objetos religiosos y pocos establecimientos proponen alimentos conformes a las prácticas religiosas.
En ocasiones, el culto no se lleva a cabo en lugares adecuados y destinados a este fin, sobre todo en los establecimientos más antiguos. A veces, las ceremonias se interrumpen, una vez agotado el tiempo impartido, sin tener en cuenta los retrasos significativos que se puedan presentar y que no son responsabilidad de los reclusos.
Participantes exteriores
Las acciones de los participantes exteriores son variadas: visitas, actividades deportivas, culturales, religiosas, educativas, apoyo material, acceso a la justicia, etc. Algunas acciones se llevan a cabo al exterior de la prisión: acogida de los familiares y allegados en espera de visita, acciones con las personas liberadas (reinserción profesional, alojamiento, etc.).
Los participantes externos son principalmente voluntarios.
La administración tiene convenios con 21 estructuras asociativas a nivel nacional en diferentes áreas: acceso a la justicia, visitas, acciones de prevención sanitaria, reinserción, etc. La mayoría de estos convenios vienen acompañados de protocolos financieros a modo de subvención anual (cuyo importe varía de un año a otro).
Las redes asociativas también se han desarrollado a nivel local; la mayoría de establecimientos penitenciarios cuenta con la intervención de una asociación.
El número de participantes externos fluctúa de una ciudad a otra, puesto que el aislamiento geográfico de ciertas instalaciones dificulta su intervención.
Un anuario contabiliza las asociaciones que intervienen en el entorno carcelario (únicamente en francés).
Recursos financieros e indigencia
El encarcelamiento no solo conlleva una ruptura financiera para los reclusos (pérdida de salario, ingresos sociales mínimos, etc.), sino también para sus allegados (envíos de dinero, visitas a la prisión, etc.). La población carcelaria es, en su mayoría, una población pobre.
La administración penitenciaria gestiona el dinero de cada recluso a través de una cuenta nominativa. El dinero percibido (giro postal, o salario) se divide todos los meses entre una parte disponible para el recluso, el saldo de cuenta de peculio, y, llegado el caso, la indemnización de los demandantes.
La administración puede decidir si asigna una suma de dinero a las personas indigentes.El código de procedimiento penal reconoce a “las personas sin recursos suficientes” en función de los ingresos de su cuenta nominativa; el mínimo está fijado a 50€ mensuales. Las ayudas varían de un establecimiento a otro y consisten principalmente en donación de ropa y productos de higiene personal, pero también de dinero en efectivo. En ocasiones, la ayuda financiera a las personas indigentes proviene del sector asociativo local.
Expresión de los reclusos
La expresión de los reclusos, bien sea individual o colectiva, está sujeta a la supervisión de la administración. Los internos son privados de facto del derecho de reunión y asociación, aunque la condena no les suspenda este derecho. A veces se proponen algunos tímidos intentos de reunión, como por ejemplo, consejos de evaluación. Todos los movimientos colectivos, incluso pacíficos, pueden ser objeto de sanciones disciplinarias.
Desde la instauración de la ley penitenciaria de 24 de noviembre de 2009, se debe consultar la opinión de los reclusos (en forma de cuestionarios, reuniones, etc.) acerca de las actividades que les propone el establecimiento. Esta obligación, que tiene dificultades para concretizarse, está muy por debajo de las recomendaciones europeas.
En ocasiones se realizan periódicos internos, que rara vez expresan las verdaderas preocupaciones de los reclusos. El canal interno, que permite difundir las noticias del establecimiento, (cuando existe) puede ser utilizado con fines informativos.
La expresión individual de los reclusos es complicada. Las peticiones que conlleva el encarcelamiento (entrevistarse con el personal de libertad vigilada, consultar a un médico, solicitar un trabajo, entrar en contacto con sus allegados) se deben hacer únicamente por escrito y su trazabilidad no siempre es posible. Estas solicitudes no se responden de manera sistemática u oportuna y, a menudo, son demasiado lacónicas. El personal pocas veces está formado para atender dichas peticiones.
Algunas vecces, los reclusos se encargan de manejar ciertos aspectos de la vida cotidiana, la mayor parte del tiempo, de manera voluntaria. Existen por ejemplo auxiliares deportivos, así como “reclusos de apoyo”, que intervienen en los dispositivos de prevención de suicidios.
Movimientos colectivos
En el 2014, la administración contabilizó 679 movimientos colectivos, de los cuales 44 requirieron la intervención de las fuerzas especiales —cuya acción se resume al uso de la fuerza—. Las cifras del 2015 no han sido comunicadas. Los equipos regionales de intervención (ERIS) se componen de 313 agentes y participan en el restablecimiento y mantenimiento del orden en caso de movimientos colectivos o individuales.
Por lo general, los movimientos colectivos de protesta tienen por objeto denunciar las condiciones de reclusión o los disfuncionamientos del establecimiento. Estos se manifiestan en el rechazo de alimentarse y de regresar a las celdas después del paseo diario, o se realizan en forma de reunión en los talleres.
El 16 de junio de 2015, 189 reclusos de la cárcel de Rémire-Montjoly (Guyana) se negaron a regresar a sus celdas una vez terminada su salida al patio. En una petición, denunciaron “la lentitud de la justicia, la falta de actividades, la insalubridad, la higiene y alimentación deplorables, los problemas de acceso a la atención médica y la intimidación por parte de los guardias…”
Seguridad
La ley autoriza los cacheos corporales, integrales o no, justificados por la sospecha de una infracción o por el riesgo que supone para la seguridad del establecimiento el comportamiento de las personas.
La ley penitenciaria de 24 de noviembre de 2009 solo autoriza estos cacheos de manera excepcional si otros medios de control (palpación, detección electrónica) resultan insuficientes.
En la práctica, estos principios se respetan raramente y van en contra de las reivindicaciones vehementes de ciertas organizaciones y sindicatos de guardias de prisión.
Los registros corporales internos están prohibidos, salvo en casos especialmente fundados, a la discreción de los agentes penitenciarios.
Si bien el régimen y los procedimientos disciplinarios deben cumplir con ciertas garantías procesales, estos siguen siendo ampliamente discrecionales. La administración responde a la violencia y a las tensiones con represión (aislamiento solitario, también llamado calabozo), pese a que existen otras sanciones menos coercitivas, como las amonestaciones o la privación de actividades.
Tras los atentados de enero de 2015 en París, cuatro prisiones crearon módulos destinados a las personas “radicalizadas”, por un total de 117 plazas. Los poderes públicos estiman que 1500 reclusos podrían potencialmente ingresar en un proceso de convicción terrorista, en nombre de una ideología islámica destructiva. El 15% de estas personas se ha radicalizado en prisión.
Abogados, asociaciones y autoridades administrativas han criticado el agrupamiento de reclusos “radicalizados”.
En un informe publicado en julio de 2016, el Inspector General de los lugares de privación de libertad declara: “El agrupamiento de reclusos radicalizados en módulos específicos anunciado por el Primer ministro en enero de 2015 presenta riesgos, que al parecer no se han tenido en cuenta, como la cohabitación de reclusos que se encuentran en diferentes estados del proceso de radicalización. Las dificultades para identificar a las personas en cuestión siguen existiendo, a pesar de que la administración penitenciaria ha intentado revaluar sus métodos.Ninguna disposición legal prevé este tipo de agrupamiento. Este régimen sui generis no corresponde ni a la reclusión común ni al aislamiento.”