1. Promover una política penal que limite el uso del encarcelamiento y reduzca la sobrepoblación carcelaria:
favorecer las medidas alternativas, especialmente la contrainte pénale;
favorecer la aplicación de la liberación condicional y la libération sous contrainte; evitar las salidas de prisión sin ninguna transición;
instaurar un mecanismo de prevención de la sobrepoblación carcelaria (numerus clausus).
2. Crear condiciones de reclusión que respeten los derechos fundamentales y la dignidad de las personas:
respetar el derecho efectivo a las celdas individuales;
reconsiderar la construcción de nuevos establecimientos penitenciarios cuyo carácter deshumanizante es criticado tanto por los reclusos como por el personal y los participantes externos;
aplicar las reglas penitenciarias europeas.
3. Favorecer el acceso a las prisiones:
permitir la entrada a los miembros de la sociedad civil y, en particular, a las asociaciones;
favorecer la entrada a las prisiones de todos los servicios públicos (salud, educación, formación) para garantizar su calidad y respetar los derechos equivalentes al interior y al exterior.
4. Dar un sentido y un contenido al tiempo en prisión:
permitir que cada persona se apropie de la gestión de su tiempo;
facilitar el acceso a las actividades, al trabajo, a la formación, al deporte, a las prácticas culturales, a la información y a la expresión;
preparar la salida de prisión con un acompañamiento efectivo;
permitir la expresión colectiva de los reclusos, en virtud de la regla 50 de las reglas penitenciarias europeas.