Contribuidor(es)Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos | Prison Insider

Relaciones con el exterior

La administración penitenciaria impone trabas al mantenimiento de lazos familiares.

En los centros federales, se deben realizar exhaustivos trámites y solo se autorizan las visitas a familiares directos. Las medidas de seguridad hacen que el ingreso al centro dure en promedio dos horas. Se señalan regularmente malos tratos verbales y psicológicos. La frecuencia es de una hora cada 15 días. Las familias deben costear los gastos de transporte hacia el centro —situado a hasta 25 horas de distancia— y el alojamiento.

En los centros penitenciarios estatales, caracterizados por altos niveles de corrupción, los allegados deben pagar sobornos a los guardias y a los líderes de la cárcel para poder ingresar, conseguir un espacio para sentarse o alargar el tiempo de la visita. El costo de una visita puede elevarse a 20 dólares; pueden entrar familiares, conocidos y amigos, mientras se paguen las “cuotas”.

Las llamadas se realizan en cabinas públicas. Se puede comprar una tarjeta “Ladatel” (en venta adentro del penal) o realizar llamadas por cobrar.

El uso de teléfonos celulares está prohibido oficialmente. En la práctica, la familia puede llevar uno al interno si paga entre 1500 y 2000 pesos (90 a 121 USD).

En los centros federales, se tiene derecho a una llamada cada 8 a 15 días, por un máximo de 10 minutos. Si una falla técnica corta la comunicación, no es posible realizar otra llamada.

El envío de correspondencia tarda de uno a tres meses, ya que debe ser leída previamente por la administración penitenciaria. Los internos deben pagar por las estampillas.

La justicia mexicana no recurre frecuentemente a penas alternativas. Un 60 % de las condenas corresponden a delitos menores.

En Chihuahua, Durango, Nuevo León y Morelos, las penas de prisión por delitos no violentos relacionados con drogas se sustituyeron por tratamientos de rehabilitación y apoyo psicológico.

El Instituto de la Defensoría Pública del estado de México centraliza a todos los defensores públicos del Distrito Federal. Este servicio se solicita a través del Ministerio Público o del Juez encargado de la investigación.

Pocas defensorías públicas operan en México. La Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal elaboró un plan específico para fortalecer las defensorías públicas del país, a fin de implementar eficazmente el nuevo Sistema de Justicia Penal acusatorio. Este sistema aumenta el número de casos que los defensores públicos deben atender.

El Estado mexicano inició un proceso de reforma del sistema penal en 2008, pasando de un sistema inquisitivo a uno acusatorio. Todas las entidades federativas tuvieron un periodo de ocho años para implementar el nuevo sistema. Jalisco todavía no ha ejecutado efectivamente la reforma.

Un informe publicado por el Centro de Investigación y Docencias Económicas (CIDE) en 2012, afirma que la mayoría de los internos en Jalisco cumplen condenas por robos de un monto inferior a 5000 pesos (270 USD).

En un informe publicado en el 2014, el Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles de las Naciones Unidas denunció haber conocido casos en los que el límite constitucional de dos años para la prisión preventiva había excedido.

La reforma constitucional del 2008 prevé la instauración de una supervisión judicial de la ejecución de sentencias. Sin embargo, este punto no ha sido plenamente ejecutado ni a nivel federal ni estatal: las leyes promulgadas limitan la competencia de los jueces con respecto al control de las condiciones de detención.

El Relator denunció, en un informe publicado en el 2014, que si bien el arraigo debe estar sujeto a un control judicial, la mayoría de los detenidos en el Centro de Investigaciones Federales no han visto a un juez de control.

En abril de 2015, la Suprema Corte de Justicia declaró que el régimen de arraigo (detención preventiva sin cargos durante 40 días) era constitucional en casos de delitos graves. Esta práctica ha sido condenada por varios organismos internacionales de defensa de derechos humanos.

El MNP mexicano, llamado “Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura”, se creó en 2007 y forma parte de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). Entre 2007 y 2015, este organismo realizó 3181 visitas y 53 informes[^1]. El Gobierno también permite el monitoreo del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR). Sin embargo, ambas organizaciones están autorizadas únicamente a emitir recomendaciones.

Dirección:

Av. Periférico Sur 3469, piso 3, Colonia San Jerónimo Lídice, Del. Magdalena Contreras, C. P. 10200, México, D. F.

Teléfonos:

(+52) 56 81 81 45 y (+52) 54 90 74 00.
Larga distancia gratuita para asuntos penitenciarios: 01 800 719 2479.   
   

En un informe publicado en el 2014, el Relator especial de las Naciones Unidas sobre la tortura puso de relieve que el MNP no realiza un registro de quejas individuales por malos tratos o tortura durante sus visitas a los centros penitenciarios, ni da seguimiento a las quejas en curso. Igualmente, observó que no se redactan informes y conclusiones de manera sistemática después de cada visita. El Relator lamentó la poca coordinación con la sociedad civil para las tareas de prevención y manifestó su preocupación por el hecho de que el MNP necesite una autorización del Ministerio Público para poder visitar a las personas bajo custodia del Centro de Investigaciones Federales (servicio secreto mexicano).

[^1]:Lista de informes anuales del MNP